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Habilitan a empresas la importación de cosméticos y productos de higiene personal sin intervención de ANMAT

La Anmat ya había habilitado esta clase de importaciones destinadas al consumo personal. Ahora el permiso se extendió a empresas para uso comercial.

Habilitan a empresas la importación de cosméticos y productos de higiene personal sin intervención de ANMAT

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) eliminó este martes más controles y habilitó la importación de productos de salud destinados a uso personal, como cosméticos o higiene, que sean destinados a su venta en comercios sin ningún tipo de control.

Semanas atrás la Anmat había abierto esta posibilidad a productos destinados al consumo personal y ahora lo extendió a los establecimientos habilitados ante ese organismo.

Esta medida se encuadra en los cambios que viene implementando en este último tiempo y que se resumen en el levantamiento de controles tendientes a garantizar la salud de quienes los consumen o utilizan, cuando habilitó semanas atrás la compra de productos médicos de uso personal, tales como sillas de ruedas, bastones, tensiómetros, entre otros.

Así quedó plasmado en la Disposición 4033/2025, publicada hoy en Boletín Oficial. Allí se habilita que los importadores inscriptos podrán ingresar al país productos cosméticos, domisanitarios, de higiene oral, de uso odontológico, higiénicos descartables de uso externo y productos higiénicos intravaginal sin requerir la evaluación previa de la entidad sanitaria.

La medida incluye no solo a los productos listados sino también a muestras destinadas a exhibiciones o muestras comerciales, insumos enviados como donaciones, muestras con destino a laboratorios para ensayos y materias primas que serán usadas en procesos industriales comprendidos por las normas citadas.

La Anmat no exime sin embargo a los importadores de presentar, dentro de las 48 horas posteriores a la nacionalización de los productos, un “Aviso de importación” bajo el formato de declaración jurada utilizando la plataforma TAD, como parte de las obligaciones de registro.

A fines del mes de mayo, el organismo determinaba que no hacía falta su intervención en la compra de determinados productos de uso personal, tales como pastas dentales y enjuagues bucales, pañales descartables para bebés y adultos, toallitas femeninas, protectores diarios y absorbentes de leche materna, tampones, colectores del flujo menstrual, incluida la copa menstrual.

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